Turistas permanentes y la violación a la estancia permitida
Autor: Karolina Quirós
Mantener un status migratorio legal es de suma importancia para poder llevar una vida norma y tranquila en cualquier país del mundo, y Costa Rica no es la excepción. A las personas extranjeras que ingresan a Costa Rica como turistas se les otorga una visa de no residente; la que constituye un permiso de ingreso al país en calidad de turista o como persona de negocios. Este permiso les permite permanecer en Costa Rica por un tiempo determinado, no mayor a 90 días. No se trata de una residencia temporal ni de un permiso de trabajo, pues para esos fines, se debe tramitar y obtener el estatus migratorio correspondiente.
Durante los últimos años, con el cambio en la política migratoria, la entrada en vigencia de una nueva Ley de Migración (Ley número 8764) y el nuevo Reglamento, la normativa de estancia en el país es más exigente y establece mayores controles. Por mucho tiempo se ha dado la práctica por parte de muchos ciudadanos extranjeros de ingresar al país, permanecer el tiempo permitido según su visa de turista, y antes de su expiración salen del territorio nacional e ingresan nuevamente; todo como medio para “regularizar” su estancia en el país, sin iniciar un trámite migratorio que les otorgue un estatus legal. De esa manera se quedan a vivir en Costa Rica, compran propiedades, vehículos, e inician negocios, pero siempre como turistas. Esta condición es conocida como “turista permanente” y es considerada ilegal de acuerdo con nuestra legislación migratoria.
El “turista permanente“, en caso de ser detectado por las autoridades fronterizas y aeroportuarias, se arriesgan a que le sea negada su entrada al país, a que se le otorgue un tiempo de permanencia inferior al otorgado en ocasiones anteriores o, como pasa en algunos casos si se determina que estas personas trabajan sin un permiso válido, se arriesgan a ser deportados por la Policía de Migración.
En los últimos meses, en nuestro Despacho hemos atendido varias denuncias de deportación de extranjeros que nunca realizaron un proceso de solicitud de residencia en el país y que permanecían en condición de “turista permanente”. Dicha situación, aparte de ser grave por cuanto la persona puede ser detenida y deportada por la Policía de Migración, también se arriesga a que se le niegue su ingreso al país por un período de entre cinco y diez años, lo cual pondría en riesgo las inversiones e intereses que tenga en Costa Rica. Por lo mencionado anteriormente es de suma importancia que todo extranjero que tenga intención de residir en Costa Rica realice el trámite migratorio correspondiente que supla sus necesidades de permanencia legal en el país. De esta manera se evitan situaciones, no sólo situaciones no deseadas y desagradables, sino también riesgos materiales y patrimoniales.
