TURISMO: Conozca más de la Ley de promoción y fomento de turismo de salud en Costa Rica
El 16 de enero del año 2023, salió en vigencia la nueva ley que tiene por objeto facilitar y promover la cooperación interinstitucional para el desarrollo de programas, planes o proyectos para incentivar los servicios de turismo de salud en Costa Rica, por medio de la creación de la Comisión Interinstitucional para los Servicios del Turismo de Salud en Costa Rica.
De los cuales se integrará de la siguiente manera:
- Turismo de Salud: El término turismo de salud engloba el turismo de bienestar y el turismo médico, es decir, tienen como motivación primordial la contribución a la salud física, mental y/o espiritual, gracias a actividades médicas y de bienestar que incrementan la capacidad de las personas para satisfacer sus propias necesidades y funcionar mejor como individuos en su medio ambiente y en la sociedad.
- Turismo médico: Es el tipo de actividad turística que implica la utilización de recursos y servicios de curación médica, tanto invasivos como no invasivos, con base científica. Puede incluir el diagnóstico, el tratamiento, la cura, la prevención y la rehabilitación.
- Turismo de bienestar: Es el tipo de actividad turística que aspira a mejorar y equilibrar los ámbitos principales de la vida humana, entre ellos el físico, el mental, el emocional, el ocupacional, el intelectual y el espiritual; es decir, son actividades preventivas, proactivas y de mejora del estilo de vida, como la gimnasia, la alimentación saludable, la relajación y spa, la medicina alternativa, el termalismo, el cuidado personal y los tratamientos curativos.
- Producto turístico: Tiene como finalidad llenar las expectativas del turista, con atractivos turísticos, servicios, bienes, instalaciones, y equipamientos, tanto naturales, culturales y antrópicos todo de la actividad en específico.
El INA promoverá la capacitación y preparación de técnicos, mediante cursos, programas y planes necesarios para garantizar la creación de las cadenas de valor necesarias para atender los servicios de turismo de salud en todas las regiones del país.
Todo esto estará regulado por la Comisión Interinstitucional para los Servicios del Turismo de Salud en Costa Rica, cumpliendo con su objeto de incentivar y fomentar los servicios de turismo de salud y su desarrollo a nivel nacional e internacional.
Los miembros parte de está Comisión son:
- Ministerio de Salud.
- Ministerio de Comercio Exterior (COMEX)
- Instituto Costarricense de Turismo. (ICT)
- Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica. (PROCOMER)
- Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo. (CINDE)
- Cámara Costarricense de la Salud. (PROMED)
- Colegio de Médicos de Costa Rica.
- Asociación Costarricense de Turismo de Bienestar (Wellness Costa Rica)
- Cámara Nacional de Turismo (CANATUR).
Si desea conocer más de esta ley o requiere información extra puede escribir a info@ghp.cr