Feriados en Costa Rica para el año 2022
Este año 2022 será de gran importancia para la cultura costarricense, puesto que por primera vez
en nuestro país se celebrará el Día de la Persona Negra y de la Cultura Afrocostarricense, cuya
fecha oficial de celebración es el próximo miércoles 31 de agosto.
A este respecto es importante recordar lo dispuesto en el artículo 148 del Código de Trabajo,
que dispone que se considerarán días feriados de pago obligatorio, los días: 1° de enero, 11
de abril, Jueves y Viernes Santos, 1° de mayo, 25 de julio, 15 de agosto, 15 de setiembre y 25 de
diciembre. Por su parte, los días 2 y 31 de agosto y 1° de diciembre, también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio.
Vale la pena resaltar, que con la promulgación de la Ley N° 10050 del 25 de octubre de 2021, no
solo se declaró el mes de agosto como mes Histórico de la Afrodescendencia en Costa Rica, sino
que también se dispuso trasladar su celebración (al domingo posterior), así como la de los días de
la Independencia y de Abolición del Ejército (al lunes inmediato posterior), con el propósito de
fomentar la reactivación económica en todas las regiones del país, particularmente las del sector
turismo.
En GHP contamos con abogados expertos en materia laboral que podrán asistirle en la atención
del manejo de su empresa y en la forma de realizar adecuadamente el pago de dichas festividades
a sus trabajadores.
Para mayor entendimiento, se comparte cuadro explicativo con el día en que se celebra cada
feriado y su fecha de traslado.
- Año Nuevo = Sábado 1° de enero
- Día de Juan Santamaría = Lunes 11 de abril
- Jueves Santo = Jueves 14 de abril
- Viernes Santo = Viernes 15 de abril
- Día del Trabajador = Domingo 1° de mayo
- Día de la Anexión de Guanacaste = Lunes 25 de julio
- Día de la Virgen de los Ángeles = Martes 2 de agosto
- Día de la Madre Lunes 15 de agosto
- Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense = Miércoles 31 de agosto pero se traslada a Domingo 4 de Septiembre
- Día de la Independencia = Jueves 15 de septiembre pero se traslada a Lunes 19 de Septiembre
- Abolición del Ejército = Jueves 1° de diciembre pero se traslada a Lunes 5 de Diciembre
- Día de Navidad = Domingo 25 de diciembre
