FERIADO: 31 DE AGOSTO
Con la promulgación de la Ley N° 10050 en el año 2021, se declaró agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica. El próximo sábado 31 de agosto nuestro país conmemora el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense, y se trata de un día feriado, según lo establece el Código de Trabajo. Algunos puntos relevantes sobre esta celebración patria son:
¿Qué tipo de feriado es? Dicho feriado está declarado como de pago no obligatorio.
¿Cuándo se disfruta? Sábado 31 de agosto.
¿Cómo debe pagarse? Para dar respuesta a esta interrogante, hay que analizar 2 supuestos distintos:
- Pago semanal en actividades no comerciales: Aquellos trabajadores (as) que reciben su pago de esta manera, no tienen derecho a que se les remunere dicho feriado si no lo laboran. Caso contrario, si un trabajador (a) labora durante dicho feriado (aunque sea de pago no obligatorio), tendrá derecho a recibir un pago ordinario y sencillo por ese día laborado. En cuanto a horas extras, la tarifa equivaldrá a tiempo y medio del salario por hora regular (sea 1,5).
- Pago mensual, quincenal o semanal en actividades comerciales: En estos casos, los trabajadores (as) tienen derecho a que se le reconozca el pago de todos los días del mes, incluidos los feriados, tanto los de pago obligatorio como no obligatorio. En este caso, si un colaborador (a) labora el feriado del 31 de agosto, tendrá derecho a recibir un pago adicional sencillo, para completar de esta forma el pago doble por ese feriado laborado. En lo referente a horas extras, éstas deberán pagarse a una tarifa de tres veces el salario por hora regular (sea 3).
Es importante tomar en cuenta que, al amparo del artículo 149 del Código de Trabajo, queda absolutamente prohibido que los patronos ocupen a sus trabajadores durante los días feriados. Incluso, cualquier acuerdo que tenga como fin la renuncia al derecho de disfrute de días feriados, es completamente nulo.
En GHP contamos con especialistas en derecho laboral que podrán asistirle en las necesidades y consultas que tenga en relación a su empresa. En caso de dudas, favor contáctenos al correo: tfarias@ghp.cr